http://www.accionecologica.org/libre-comercio/el-lobo-disfrazado-de-oveja
Boletín #25: Compromisos específicos con relación a la prestación de servicios SOBRE EL AGUA
La Constitución del Ecuador reconoce el derecho humano al agua, y en aplicación de este mandato, la Ley de Recursos Hídricos señala en su Artículo 6 que “se prohíbe toda forma de privatización del agua,… y por lo mismo ésta no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial con gobierno, entidad multilateral o empresa privada nacional o extranjera. Su gestión será exclusivamente pública o comunitaria”.
La ley establece sin embargo una excepción “cuando la autoridad competente no tenga la capacidad técnica o
financiera para hacerlo”[1]. Al respecto cabe preguntarse si la excepción fue creada en función de las inversiones
europeas en este ámbito, pues la ley fue aprobada cuando las negociaciones comerciales ya habían concluido.
Fuente: Lista de Compromisos Específicos de Ecuador. 13 de Junio de 2014
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario