viernes, diciembre 04, 2015

ECUADOR Criminalización de la protesta

BOLETÍN 3, 4 DE DICIEMBRE
FINALIZA AUDIENCIA DE LOS 21 DE LA U. DE FLAGRANCIA DE QUITO
El juez RAFAEL PÉREZ condena a 15 días de prisión a las 21 personas detenidas ayer en la marcha por supuesto irrespeto a la autoridad por medio de agresiones verbales, al no haber hallado evidencia de ninguna otra cosa.
Además, cada uno de los 21 tendrá que una indemnización a los policías supuestamente agredido por ellos.
Los 21 serán trasladados a la cárcel de El Inca, ex cárcel de mujeres.
En este grupo de detenidos se halla el señor Juan Francisco Reinoso Gutiérrez, militar retirado de 64 años de edad, que se halla enfermo y que fue literalmente CAZADO y detenido cerca del Hospital Militar la tarde de ayer, cuando apenas de disponía a unirse a la marcha. Él NO estuvo en la marcha, no se hallaba con las otras personas y a ninguna de ellas se le ha podido encontrar ningún delito. Dos policías que acudieron como testigos en la mañana NO PUDIERON IDENTIFICAR A NINGÚN AGRESOR entre los 21.
Sin embargo, el juez de la causa, que se ha mostrado intransigente y no quiso escuchar a los abogados defensores, dicta 15 días de prisión.
Este es el Ecuador en que vivimos en estos momentos. También se reportan 4 personas detenidas en Santo Domingo, 4 en Cuenca, 4 en Orellana.
Quedan otras 3 detenidas en la Unidad de Flagrancia de Quito: Alex Baldeón, Héctor Mora, Emilio Guadalupe Portilla. En breve inicia su audiencia.
Ninguna de las personas detenidas ha recibido agua ni comida desde ayer.
Solidaridad con todas las personas detenidas. Por favor difundamos. Esta es la fiesta de la que hablan el presidente, las asambleístas, la guerra interna de la que habla María Augusta Calle ensalzando a las fuerzas armadas, que ahora nos desplegarán todo su espíritu de cuerpo para reprimir junto con la policía. Ayer terminaron de desmantelar nuestros derechos, si aún existían.

Ecuador ASAMBLEA PLURINACIONAL PERMANENTE DE MUJERES EN RESISTENCIA:


¡¡EXIGIMOS LA LIBERTAD DE PERSONAS DETENIDAS!!
El 3 de diciembre de 2015 pasará a la historia como uno de los días más nefastos para la democracia y los derechos humanos en la historia del Ecuador. El día de ayer, no solo que se aprobaron las llamadas “enmiendas constitucionales” con el voto de una mayoría gobiernista que hizo gala de su actitud servil, antidemocrática y de traición a los mandatos de una Constitución, elaborada y redactada con la participación los sectores populares organizados y con el aporte mayoritario de las y los ecuatorianos. También fue un día en el que se trató de callar la indignación popular con la represión brutal por parte de las fuerzas policiales y militares que actuaron con la orden de Rafael Correa. Como resultado, hoy se encuentran detenidas más de 50 personas, también hay cientos de peronas heridas, golpeadas y con graves lesiones.
El 3 de diciembre fue un día en el que se legitimó el proyecto autoritario y prepotente de Alianza País, que arrasó con los principios democráticos consagrados en la Constitución vigente al aprobar 15 enmiendas con las cuales se echan abajo derechos laborales, principios de participación democrática, y se fortalece un estado represivo con ampliación de tareas de las fuerzas armadas, las cuales desde ayer evidenciaron ya cuál va a ser su función como “agentes de represión de la guerra interna”, como lo manifiestan con cinismo los voceros del gobierno.
El 3 de diciembre fue un día de vergüenza por la actitud de las tres mujeres que dirigen la Asamblea Nacional, que no representan a las mujeres ecuatorianas y que una vez más se pusieron en evidencia como las sumisas y obedientes cumplidoras de las órdenes de un presidente que en incontables ocasiones ha violentado los derechos de las mujeres. Estas asambleístas son las principales responsables de la aprobación de las enmiendas, con la cual se fortalece un régimen funcional a los intereses capitalistas, patriarcales y antipopulares. Estas mujeres no son feministas y no representan nuestras luchas, al contrario, las obstaculizan. La sumisión jamás será un valor, por mucho que las tres mujeres que encabezan la asamblea se empeñen en demostrarlo, con la incomprensión de la realidad y la obediencia al discurso oficial que las caracteriza.
Pero el 3 de diciembre también fue un día importante porque en todas las provincias y en el campo y la ciudad miles de miles de hombres y mujeres de Ecuador nos levantamos con fuerza y con valentía para expresar nuestro rechazo a una Asamblea Nacional que legisla a espaldas de un pueblo.
Las calles y plazas de las principales ciudades del país, las carreteras y puentes, fueron los escenarios de la indignación popular, de la resistencia y de la lucha por defender los pocos resquicios de una democracia que viene siendo vulnerada por el régimen correísta.
A pesar de la brutal represión, la indignación se siente en todo el país y el Ecuador ya no volverá a ser el mismo, porque no hay miedo ni renunciamiento, hay indignación y coraje. Desde ayer, seguiremos en las calles y plazas, desde el campo y en las fábricas, desde todos los espacios, en una lucha persistente para recuperar las conquistas y derechos que nos han arrebatado con alevosía.
La Asamblea Permanente de Mujeres en Resistencia convoca a las mujeres del país a participar con mayor decisión en las jornadas de lucha convocadas por el colectivo unitario de organizaciones sociales y sindicales, invita a levantar la solidaridad con los cientos de manifestantes que sufrieron agresiones, que sufrieron latigazos, ataque de los gases lacrimógenos, balas y golpes de las fuerzas militares, policiales y de las fuerzas de choque amparadas por el gobierno de Correa.
Hacemos un llamado a todo el pueblo a demandar la INMEDIATA LIBERTAD DE LAS PERSONAS DETENIDAS en las jornadas de “la dignidad popular” y a trabajar por fortalecer la UNIDAD DE LA CLASE TRABAJADORA, LA JUVENTUD, LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO, INTELECTUALES, PROFESIONALES, CAMPESINADO, PEQUEÑA PRODUCCIÓN, COMERCIANTES, ORGANIZACIONES DE MUJERES Y ORGANIZACIONES FEMINISTAS para echar abajo las enmiendas y trabajar por la consecución de un Ecuador realmente libre y soberano en el que se consagren a plenitud los derechos humanos y la democracia.
Quito, 4 de diciembre de 2015

jueves, diciembre 03, 2015

VIOLENCIA DE ESTADO EN ECUADOR


VIOLENCIA DE ESTADO EN ECUADOR
BOLETÍN URGENTE
¡FAVOR DIFUNDIR!
Personas detenidas en movilización por rechazo a las enmiendas
El día jueves 3 de diciembre de 2015, el pueblo ecuatoriano se manifestó contra un conjunto de 16 reformas a la constitución ecuatoriana que el gobierno ha denominado “enmiendas”. Entre otros, las enmiedas dictan: que las fuerzas armadas puedan colaborar con la policía en las tareas de seguridad del Estado; que las ciudades, provincias, gobiernos locales y ciudadanía ya no puedan realizar consultas sobre sus propias comunidades; que la comunicación se vuelva un servicio público y ya no sea la expresión de la pluralidad de opiniones en una sociedad; que cualquier funcionario de elección popular pueda candidatizarse para su cargo cuantas veces lo desee.
Las manifestación de la población en rechazo a las enmiendas realizada alrededor de Asamblea Nacional fue violentamente reprimida por la policía antidisturbios con la consigna de detener dirigentes y referentes.
A continuación vienen testimonios fidedignos de ciudadanía presente en las protestas. Todos estos hechos fueron provocados por la policía nacional, a las órdenes del Ministerio del Interior. Si en la mañana ya rodeaban la Asamblea Nacional cientos de policías, que sobrepasaban a incluso la cantidad de manifestantes, por la tarde ya había cientos de policías a caballo, practicando, además, crueldad animal; policías especiales y, por supuesto, policías armados.

Parque El Arbolito: La policía arremetió contra las personas con caballos, motos, "Robocops" y trucutús. Escuadrones enteros ingresaron al parque y persiguieron a la gente que manifestaba o que se hallaba lejos de la manifestación.
Hospital Militar: Gente que de disponía a manifestar bajaba hacia la Av. 6 de Diciembre. Antes de sumarse a la marcha, varias personas fueron interceptadas violentamente por decenas de policías que las arrinconaron contra una pared. Repetimos: estas personas aún no se habían incorporado a la marcha. Entre ellas, fue apresado un militar jubilado de 64 años con problemas médicos. Tras ser lanzados contra la pared, fueron detenidos en la Asamblea Nacional primero y subidos a un bus después.

Marcha: En las calles cercanas a la Asamblea Nacional, la policía gaseó y atacó con los látigos de los caballos a mujeres que manifestaban. Una joven defensora de Derechos Humanos de apenas 18 años de edad fue intencionalmente atropellada con un caballo. Mujeres policías atacaron a mujeres manifestantes. Hubo personas ensangrentadas por la represión policial y sufieron graves consecuencias por ser gaseadas en la cara.
Unidad de Flagrancia: más de 50 personas fueron detenidas y llevadas a la Unidad de Flagrancia en un bus. Hasta las 10 de la noche del día 3, la hora para su audiencia cambiaba permanentemente. No se permitió contacto con familiares ni visita de abogados. Las personas detenidas están incomunicadas y no se informa sobre su estado de salud ni su estado emocional. Familiares, defensores y militantes mantienen vigilia en estos momentos, esperando inicio de audiencias. La detenida más joven tiene 18 años. La persona de 64 años detenida cerca del Hospital Militar también se encuentra allí. Se anuncian audiencias para 11pm, 1am, 4am. NO queda claro. No hay debido proceso. Afuera, un centenar de personas espera. El número de policías y de “Robocops” sobrepasa el número de familiares. La Unidad de Flagrancia está acordonada.
En nombre del gobierno nacional, la asambleísta María Augusta Calle dice sobre la protesta social y la presencia militar en las calles: “Necesitamos de nuestros soldados para enfrentar la guerra interna. Felizmente ya superamos la doctrina de la seguridad en nuestras fronteras”. Se declara desde Asamblea Nacional que existe una GUERRA INTERNA para justifica represión inédita en la historia moderna del Ecuador.

miércoles, diciembre 02, 2015

ECUADOR POR QUE LAS MOVILIZACIONES Y OPOSICIÓN A LAS ENMIENDAS


TOMADO DE LA PÁGINA MONTECRITI VIVE  http://montecristivive.com/las-enmierdas-a-la-constitucion/ SI DESEA VER EL DOCUMENTO COMPLETO



Las enmierdas a la Constitución


Análisis de los principales cambios propuestos por la Asamblea Nacional


Restricción de la consulta popular[1]

La Asamblea Nacional propone dos restricciones a la consulta popular, con lo cual debilita el derecho a la participación ciudadana y a la democracia directa. En la Asamblea Constituyente de Montecristi el mensaje fue muy claro: siempre más democracia, nunca menos.
La primera restricción limita la consulta popular de los gobiernos autónomos. Hoy los gobiernos autónomos pueden proponer una consulta popular sobre “cualquier asunto de interés”, y la propuesta la limita a “asuntos de su competencia.” Por ejemplo, el gobierno provincial de Orellana podría organizar una consulta sobre la explotación petrolera; con los cambios propuestos no podría organizar una consulta sobre este asunto tan importante porque el manejo de recursos naturales no sería de su competencia.
No hay justificación para esta decisión. Es falso que se trate de un error de redacción, porque en la Constitución de 2008 se insistió en la descentralización y las autonomías como fundamentos de la democracia. Hoy el Gobierno está empeñado en la concentración y centralización político territorial. En el Plan de Gobierno de Alianza País 2007-2011 se afirmaba que “Es fundamental luchar por un proceso agresivo de descentralización, de desconcentración y de correctas autonomías”. Limitar las competencias de los gobiernos autónomos va en sentido contrario.
La segunda restricción se refiere a la iniciativa ciudadana, pues elimina la frase “sobre cualquier asunto”. Al eliminar la amplitud de los temas que pueden ser consultados por la ciudadanía se abre la puerta a la interpretación arbitraria de la Corte Constitucional.
Con la propuesta de la Asamblea Nacional quien pierde es la ciudadanía, porque se restringe su participación y su cercanía con el poder en los espacios locales.

Las Fuerzas Armadas asignadas a tareas de seguridad interna[2]

En la Constitución de 2008 se decidió terminar definitivamente con el tutelaje de la democracia por parte de las Fuerzas Armadas.
En la Constitución de 1998 las Fuerzas Armadas tenían “como misión fundamental la conservación de la soberanía nacional, la defensa de la integridad e independencia del Estado y la garantía de su ordenamiento jurídico”. En la Constitución de Montecristi se dio fin a dicho tutelaje y se estableció que “las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial”.
La Constitución de Montecristi estableció una diferencia clara entre Policía Nacional, encargada de la seguridad interna, y Fuerzas Armadas, encargadas de la defensa de la soberanía y de la integridad territorial. Confundir las misiones es un grave error que puede provocar violaciones a los derechos humanos.
La policía trabaja con ciudadanos y las fuerzas armadas con “enemigos”. Los derechos que se aplican son distintos: para la policía, los derechos humanos son el límite; para los militares, es el derecho humanitario. El entrenamiento es distinto: la policía se encarga de prevenir la violencia y de detenerla; las fuerzas armadas se entrenan para usar las armas y matar. La policía debe evitar las muertes; las fuerzas armadas, cuando hay hostilidades, deben matar.
Si se necesita más personal para garantizar la seguridad ciudadana hay que contratarlo y entrenarlo de forma apropiada, pero no confundir los papeles. Las Fuerzas Armadas deben entrenarse para hacer una guerra respetando el derecho humanitario, pero con ese entrenamiento no deben asumir tareas de seguridad interna y ciudadana. Un cambio de este calibre ni siquiera sería admisible en una Asamblea Constituyente, porque implica una grave amenaza a los derechos humanos.
Pero hay una razón más preocupante. Si esto es aprobado no se requerirá de un decreto para declarar una emergencia, ni el Gobierno estará obligado a explicar los derechos que restringe ni el tiempo de permanencia de los militares en las calles.

La comunicación como servicio público[3]

La comunicación es un derecho. Al convertirla en servicio público, los medios privados y comunitarios se vuelven concesionarios. En ese caso, tener un medio privado o comunitario sería un privilegio.
Este cambio no promueve ni amplía los derechos de la sociedad, sino que aumenta el poder del Estado. Lo más curioso es que se adecua la Constitución a la Ley de Comunicación. Insólito.
Esta reforma está encaminada a completar el control de la comunicación por parte del Gobierno nacional. Considerar a la comunicación como un servicio público es degradarla al nivel de servicios como el agua o la luz eléctrica. ¿Será que lleguemos al extremo de pagar una tasa por el servicio de comunicación, o que enfrentemos un posible corte por falta de pago?
En lugar de promover un derecho fundamental se busca controlar la emisión de mensajes, para imponer formas hegemónicas y uniformes a la convivencia social. Se trata de una ideología que pone por delante una sola verdad, la verdad del oficialismo.
Al gobierno de Correa no le basta con ejercer la fuerza; ahora quiere unificar la comunicación, desconociendo que la pluralidad de expresiones es fundamental para la vida democrática. La comunicación le pertenece a la sociedad.
Nadie puede erigirse como único emisor e intérprete de los mensajes. La Constitución de 2008 establece que el Estado “facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios”. Hasta ahora, este mandato no se cumple, pues no hay un solo medio de comunicación público (es decir en manos de la sociedad y no del Gobierno). Tampoco se ha fortalecido a los medios de comunicación comunitarios, mientras se limita el accionar de los medios de comunicación privados a través de las instituciones de control y regulación.
En estos ocho años de Gobierno no ha existido la voluntad política de crear una comunicación pública. Al contrario, hoy los medios que dependen del presupuesto estatal no han hecho más que replicar los boletines y las campañas oficiales.
Con esta reforma se confunde la asignación de una frecuencia del espectro radioeléctrico, que en efecto es un bien público, con el contenido emitido por los medios de comunicación, que debe responder al interés de la comunidad. La gran perjudicada sigue siendo la sociedad, que no tiene garantizado su derecho a la comunicación.

Los obreros del sector público pierden derechos[4] 

¿Cuál es la diferencia de estar regulados por el Código de Trabajo o por la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP)? Si la respuesta es que se benefician los obreros, entonces se estaría ampliando el ejercicio de derechos y no habría problema: sería una enmienda. Pero si se vulneran o restringen derechos estaríamos ante un ámbito vedado al legislador e incluso al constituyente.
Se podría argumentar que, como empleados públicos, tendrían más vacaciones y hasta en algunos casos mejores remuneraciones. Pero si se piensa en los derechos colectivos, como la sindicalización, la huelga y la negociación colectiva, en las utilidades y en la posibilidad de acudir ante un inspector de trabajo, es una norma regresiva que afecta los derechos humanos. Lo menos que se puede hacer con propuestas como esta es escuchar a quienes serían víctimas de este posible cambio constitucional.
Es evidente el miedo del Gobierno a la organización social y sus luchas. Por eso se busca limitar la posibilidad de negociación de los sindicatos públicos con el Estado. La LOSEP ha permitido un continuo acoso laboral y sanciones desproporcionadas ante los reclamos de los servidores públicos; el Decreto 813 permite la compra de renuncias obligatorias.
Se quiere eliminar toda forma de organización, sobre todo de las organizaciones políticas de izquierda. Y eso es inconstitucional.

Reelección indefinida[5]

La Asamblea Nacional propone eliminar la palabra “por una sola vez” en dos normas constitucionales, por lo que la reelección se tornaría indefinida.
En la Constitución de Montecristi se planteó con fuerza la eliminación de la reelección indefinida para todas las dignidades de elección popular, y expresamente para los presidentes y vicepresidentes de la República. Esta norma se extendió para todo tipo de organizaciones colectivas (artículo 96), partidos políticos (artículo 108), inclusive para los consejos de igualdad ciudadana (artículo 157).
La reelección indefinida era considerada por el presidente Correa como un absurdo; él mantuvo esta posición hasta enero de 2014.
Recordemos que la Corte Constitucional colombiana negó la petición de hacer un referéndum para permitir la segunda reelección de Álvaro Uribe. Esta decisión es relevante porque el contexto jurídico y político es semejante: la Constitución de Colombia también prohíbe la segunda reelección inmediata porque beneficiaría al Presidente de la República en ejercicio de funciones.
La reelección por un solo período es un límite al poder. Si hay reelección indefinida se afecta la alternabilidad y se vulnera la diversidad. En un estado democrático y plurinacional, que garantiza la participación, la igualdad y la deliberación pública, las diversas opciones ideológicas y políticas deben tener un espacio que la reelección puede negar. Eliminar la alternabilidad atenta gravemente contra el pluralismo político.
El límite a la reelección impide que una misma fuerza política se atribuya la vocería excluyente y exclusiva del pueblo. La no reelección indefinida limita los posibles abusos de poder, porque el sujeto político tiene la obligación de atenerse al tiempo señalado y propiciar la sucesión.
La reelección indefinida del Presidente afecta el principio de igualdad y no discriminación, porque los postulantes a ese cargo de elección popular no están en igualdad de condiciones. El Mandatario en funciones aprovecha los recursos públicos, los espacios en medios de comunicación y todo el aparato estatal durante la campaña, mientras los demás no pueden hacerlo. Lo mismo es válido para prefectos, alcaldes, asambleístas y demás funcionarios de elección popular.
La Asamblea Nacional sostiene que el impedimento para la reelección indefinida afecta los derechos políticos del Presidente en ejercicio. En cambio, la Corte Constitucional colombiana considera que es una exclusión para que otra persona pueda hacerlo. No existe, pues, discriminación en contra de la persona que ejerce la Presidencia de la República, sino en contra de quien potencialmente podría ejercerla.
La reelección indefinida afecta las posibilidades y los derechos de las minorías y de la oposición, inclusive de los potenciales candidatos de la misma tendencia política a la que pertenece la persona que está en el poder. La alternancia promueve la rotación de autoridades y la participación de más personas y actores políticos. La democracia no es el poder de una sola tendencia política.
Las normas tienen que ser de carácter general, impersonal y abstracto. Cuando las normas son concretas, particulares y personalizadas se sospecha que pueden discriminar. Las normas con dedicatoria comprometen la igualdad. Es intolerable para la democracia constitucional que una persona utilice el aparato estatal a su favor.
La no reelección garantiza la división de poderes. Cuando una persona ejerce el poder sin límites temporales tiende a concentrar el poder. Toda concentración de poder implica tiranía y opresión.
¿Cómo se concentra el poder con la reelección indefinida? Pues a través de la influencia del Ejecutivo en la nominación de órganos de control y autónomos. Por ejemplo, el Presidente nomina a los miembros de la Corte Constitucional (artículo 434) y tiene delegados en el Consejo de la Judicatura (artículo 179).
Al romper el límite del poder temporal, la reelección indefinida permite que el Presidente tenga una injerencia indeseable en otros poderes, e impida que los diversos órganos desarrollen un mayor grado de especialización institucional en el ejercicio de sus funciones.
El cambio constitucional que propone la reelección indefinida afectaría derechos, garantías y la estructura del Estado. En consecuencia, no puede ser considerado “enmienda” y, por lo mismo, la Asamblea Nacional no tiene competencia para realizarlo.


Todos los cambios señalados anteriormente solo podrían discutirse en una Asamblea Constituyente. Las reformas que a continuación se mencionan, podrían hacerse mediante una consulta popular (referendo).

Competencias de los gobiernos municipales y del Gobierno central[6] 

Es una propuesta centralizadora contraria a los principios que rigen la administración pública. Las competencias tratan sobre los derechos a la salud, educación, recreación y deportes que muchos municipios promueven. Desde la perspectiva del titular de los derechos, no importa quién le ofrece el servicio sino que lo haga bien.
Al privar de estas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), el Gobierno central manejará más recursos públicos, pero puede perjudicar la gestión local. Si de lo que se trata es de planificar y construir obras para tener réditos políticos, es irresponsable realizar una reforma constitucional.
Es preferible que estas competencias las sigan teniendo los GAD porque pueden asegurar una mejor participación local y satisfacer una demanda ciudadana más cercana.

Competencia de la Contraloría General del Estado para controlar los objetivos y la gestión de las instituciones[7]

Uno de los cinco ejes de la propuesta de Alianza PAIS fue la lucha contra la corrupción. Se hablaba de transparentar la administración pública para mejorar la calidad de la democracia y fortalecer las instituciones de control ciudadano. Reducir el papel de la Contraloría va en contra de lo propuesto hace ocho años.
La fiscalización ha desaparecido, la justicia está controlada por el Ejecutivo y la transparencia se extingue.
Este cambio constitucional no encomienda a otra institución la función de contraloría. En ese sentido, es una norma incompleta. Al eliminar la posibilidad de control por parte de un órgano autónomo se altera la estructura del Estado.

Eliminación del plazo de ocho años para conformar las regiones autónomas[8]

Eliminar el plazo para la conformación de las regiones autónomas puede ser una invitación a nunca crearlas. El plazo es un límite que puede conllevar a una responsabilidad por omisión constitucional. Sin el plazo, parecería que se pretende postergar la creación de regiones autónomas. La ausencia de estas regiones altera la estructura del Estado.


De los 17 cambios propuestos por la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional desechó el primero (modificaciones a la acción de protección) por considerar que afecta a los derechos fundamentales de la ciudadanía.
Las únicas propuestas de cambios constitucionales que consideramos que son enmiendas, que no afectan los derechos ni la estructura del Estado y que, por lo mismo, la Asamblea Nacional puede discutirlas y aprobarlas sin necesidad de consulta popular, apenas son cuatro:
La edad para ser Presidente (artículo 4 de la propuesta de cambios, que afecta al artículo 142 de la Constitución): los derechos políticos están sujetos a regulación y hay cierta discrecionalidad legislativa para poner edades. Disminuir la edad puede ser considerado una ampliación de las oportunidades de las personas para ejercer una función pública, lo cual está en la línea de los derechos de participación.
La Defensoría del Pueblo y la división territorial judicial (artículo 9 de la propuesta de cambios, que afecta al artículo 214 de la Constitución): este cambio normativo se podría hacer mediante una reforma legal. Se trata de una mera organización administrativa de un órgano del Estado que no afecta en absoluto a los derechos de las personas.
Las pensiones jubilares de los miembros de la fuerza pública (artículo 14 de la propuesta de cambios, que afecta al artículo 370 de la Constitución): esta norma podría haberse implementado con una simple reforma legal. ¿Existe un afán político más que garantista? Parece que hay un ánimo de congraciarse con las Fuerzas Armadas. Con o sin “enmienda constitucional”, el Estado tiene el deber de garantizar las pensiones jubilares de la fuerza pública.
La palabra fondos “previsionales” (artículo 15 de la propuesta de cambios, que afecta al artículo 372 de la Constitución): esta norma nunca ha causado problemas jurídicos en la aplicación. Es un típico error mecanográfico. Simplemente se pudo haber interpretado la norma.

Conclusiones

Las “enmiendas” son excepcionales. La mayoría de cambios propuestos por la Asamblea Nacional no son enmiendas, sino cambios profundos que afectarán potencialmente derechos y garantías.
Las “enmiendas” siguen la tendencia normativa de fortalecer el poder del Estado en detrimento de los derechos. En el documento de argumentos que la mayoría parlamentaria presentó al pleno de la Corte Constitucional se devela la verdadera razón: “En realidad lo que se pretende es ajustar el accionar estatal para mejorar su eficacia y efectividad en los ámbitos propuestos”. Está claro que los derechos no son la verdadera justificación.
La Asamblea Nacional y el Presidente no han presentado evidencia empírica para sostenter cambios de este calibre. Sus argumentos son retóricos y no son fruto del debate democrático. Los cambios constitucionales no se justifican empírica, política ni jurídicamente.
La Constitución de Montecristi se desconstitucionaliza. Los poderes constituidos están matando el espíritu de Montecristi y la intención de los poderes constituyentes de 2008, que el pueblo refrendó en las urnas. La Asamblea Nacional y el Gobierno están usurpando el sentido de la Constitución de Montecristi.


ECUADOR EN MOVILIZACIÓN


ORGANIZACIONES SOCIALES AGRUPADAS EN  EL COLECTIVO UNITARIO NACIONAL DE TRABAJADORES E INDÍGENAS QUE AGRUPAN MAS DE 24 ORGANIACIONES A NIVEL NACIONAL, CONVOCAN A MOVILIZARSE EL 2 Y 3 DE DICIEMBRE EN RECHAZO A LAS  ENMIENDAS CONSTITUCIONALES
Enmiendas Constitucionales que desde la Asamblea Nacional del Ecuador pretenden aprobar el día jueves 3 de diciembre.
El gobierno y AP, intentan la concentración del poder, la limitación y vulneración de los Derechos de los Pueblos.

Se elimina el Contrato Colectivo a los y las trabajadoras del sector público, hecho que vulnera sus derecho y conquistas, y  que a decir de  las organizaciones sociales está hecho a la medida de la puesta en vigor del TLC firmado entre Ecuador y la Unión Europea.
Se corta la capacidad de control a la Contraloría General del Estado, ya no tendrá  la potestad de auditoría de gestión.
Se limita la consulta popular restringiendo derechos
Deja la puerta abierta para la re elección indefinida.


lunes, noviembre 30, 2015

ECUADOR ENMIENDAS CONSTITUCIONALES PAREN YA

La eliminación del Contrato Colectivo a l@s trabajador@s 
Mas poder al ejecutivo PARA APLICAR EL TLC CON LA UE
//ArchvoDeEnmiendasYa
//NoTLCconLaUE


viernes, noviembre 27, 2015

ECUADOR SE LEGALIZA EL NEOLIBERALISMO TLC UE

LAS ORGANIZACIONES SOCIALES – ECUADOR DECIDE- FRENTE A LA FIRMA DEL TLC CON LA UE
SE VENDE EL PAÍS POR UN PLATO DE LENTEJAS

Cero aranceles para el banano a cambio de nada
Queda demostrado hasta la saciedad que se ha adherido al TLC de Colombia y Perú, con todas las características de un TLC. Con la ratificación en la Asamblea quedará listo para su aplicación  en Ecuador. Acuerdo que legaliza y consolida el neoliberalismo en nuestro país.

Una vez que el Parlamento Europeo da paso a la adhesión de Ecuador al TLC, el siguiente paso es la aprobación en la Asamblea Nacional.
Más de 20 artículos de la Constitución serán vulnerados  al aplicarse el TLC con la Unión Europea, entre otros el derecho a la salud, soberanía alimentaria, derechos laborales,

Ecuador negoció en materia de servicios “Dicha exigencia es aplicable para la provisión de servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, incluyendo los relacionados con la explotación de energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, la explotación de recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el agua, el espectro radioeléctrico.”

Solo si analizamos este párrafo, queda claro que la distribución de servicios    pueden ser sujetos de privatización, Su aplicación  se facilita con la propuesta  de la  “Ley de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera” (Alianza Público – Privada),  que incluye la exoneración de impuestos como incentivo para el sector privado.  

Así mismo,  la propuesta de enmiendas a la constitución en materia laboral, también puede ser dirigida o utilizada para garantizar la inversión privada en el sector público eliminando la contratación colectiva.

PROPIEDAD INTELECTUAL
Sobre la extensión de las patentes de medicamentos.
Es importante destacar que  en general los  nuevos medicamentos están relacionados con enfermedades  catastróficas, con la puesta en vigor del  TLC no solo se pone en riesgo la salud de quienes sufren estas enfermedades,  también encarecen otras  medicinas mediante estas disposiciones que alargan el tiempo de las patentes, permite el monopolio y control de los precios de las medicinas y en consecuencia el acceso a medicamentos genéricos, poniendo en riesgo la salud de la población, vulnerando su derecho a la salud.

Los principios de Trato Nacional y el de Nación más favorecida contenidos en el acuerdo, son dos principios que se aplican a mercancías, servicios, inversiones, contratos y compras públicas. Obliga a tratar igual a las mercancías, inversiones e inversionistas extranjeros que a las nacionales y a tratar lo extranjero de forma NO menos favorable que el más favorecido de sus socios. Impide cualquier tipo de “privilegios” a los capitales, mercancías, servicios o proveedores nacionales.

LIBERACÓN ARANCELARIA Este tema tendrá un gran impacto en los productos nacionales. Los productos europeos entrarán a Ecuador libres de aranceles, además el productor europeo cuenta con importantes subsidios lo que les permite tener productos a bajos precios con los que los agricultores nacionales no pueden competir y serán llevados a la quiebra por la inundación de sus productos.


Análisis de la inconstitucionalidad del TLC

El Parlamento Europeo apoyó hoy la adhesión de Ecuador al acuerdo de comercio
El Parlamento Europeo (PE) apoyó hoy (26 nov) la adhesión de Ecuador al acuerdo de comercio entre la Unión Europea (UE) y Colombia y Perú, Los eurodiputados votaron con 499 votos a favor, 61 en contra y 86 abstenciones, una resolución no legislativa que aprueba la apertura comercial con el país aunque insiste en la necesidad de que el país adopte compromisos en asuntos como el desarrollo sostenible, la deforestación o los derechos de las mujeres y los niños.

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jueves, noviembre 26, 2015

Privatización de la salud en Ecuador



Privatización de la salud en Ecuador
Estudio de la interacción pública con clínicas y hospitales privados

Pablo José Iturralde

CONTENIDO
1. Descripción de la estructura de salud del Ecuador
2. Gasto y privatización de la salud
3. Consolidación de la monopolización de la salud
4. Conclusiones
5. Anexos
6. Índice de tablas y gráficas

Ver contenido completo en el siguiente enlace:
http://www.rets.epsjv.fiocruz.br/sites/default/files/arquivos/biblioteca/privatizacion-salud-baja-resolucion.pdf


COMUNICADO A EURODIPUTADOS NO AL TLC


COMUNICADO DE LAS MUJERES ECUATORIANAS
EN RESISTENCIA AL EXTRACTIVISMO

Nos dirigimos a ustedes como mujeres indígenas, campesinas y defensoras de los derechos humanos y de la naturaleza que ponemos nuestra vida en promover iniciativas locales que son invisibilizadas por nuestros gobiernos y son amenazadas por Tratados de Libre Comercio, Tratados de Protección de Inversiones y otras formas en que se expresa el despojo corporativo.
Venimos de procesos de reflexión y prácticas efectivas para alimentar, cuidar y sanar a la humanidad de los impactos climáticos y bélicos.
Sin embargo, en nuestro país se expande y profundiza el extractivismo minero y petrolero, el agronegocio, la construcción de megaobras de infraestructura y una frenética urbanización, que avanzan sobre los territorios de pueblos y comunidades donde se reproduce la vida y donde persisten tejidos sociales basados en la comunidad.
La aplicación de un Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y el Ecuador sólo agravará esta situación, pues su fin primordial es beneficiar preferencialmente a sectores exportadores de banano, flores, camarón, pesca, y otros, que son actividades con una directa responsabilidad en la destrucción de bosques y manglares, de áreas con vocación agrícola, de pesquerías, y donde se dieron graves impactos sobre comunidades campesinas, pueblos indígenas y de pescadores, que han sufrido despojo de sus tierras y territorios, pasaron a sufrir explotación laboral, o son víctimas de la contaminación de suelos y fuentes de agua.
Rechazamos que el Ecuador adhiera al Tratado de Libre Comercio que negociaron Colombia y Perú con la UE, porque no es un acuerdo legítimo. Su negociación sólo pudo llevarse a cabo en base a engañar a toda la población ecuatoriana mediante una agresiva campaña mediática que logró ocultar el carácter y contenido neoliberales del tratado.
El acuerdo que se pretende aprobar no es democrático, pues fue negociado en secreto. Ha  provocado que desde ya se tomen decisiones normativas y reglamentarias que tienen la intención de allanar el camino para la aplicación de este TLC. Ejemplos son las desproporcionadas regulaciones de distinto tipo que se imponen sobre la producción campesina, principalmente la relacionada con los lácteos, que han puesto a miles de emprendimientos familiares en situación de franca inviabilidad. El sector de los lácteos involucra a unas 900 mil personas, incluyendo muchas mujeres que serán directa y gravemente afectadas.
Por otro lado, se han aprobado o están por aprobarse normas que buscan facilitar significativamente a los grandes inversionistas internacionales, incluso en ámbitos muy sensibles. El reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, abre la posibilidad de la participación privada en la prestación de los servicios públicos de agua y saneamiento.
Estos y otros aspectos son contradictorios con la Constitución ecuatoriana aprobada en 2008 después de un proceso constituyente. En ella se establece como nuevo paradigma la posibilidad de alcanzar el SumakKawsay (o Vida en Plenitud) a partir de la progresividad de los derechos humanos, de reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos, al agua como derecho humano fundamental, de garantizar la soberanía alimentaria a toda la población, entre otros aspectos.
Más aún, la Constitución señala explícitamente que “No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas” (Art. 422).  Un artículo fundamental para la defensa de la soberanía nacional considerando que actualmente el Ecuador enfrenta once procesos arbitrales, de los cuales sólo el que tiene relación con la petrolera Occidental (Oxy) supone un pago a esta empresa transnacional de más de mil millones dólares. Otro caso, el de Petrobras, significaría la imposición de que se pague a esta empresa 830 millones de dólares.
En este contexto, se flexibilizan los controles ambientales, laborales y otros; se otorgan incentivos que incluyen la neutralización de la protesta social -como ocurre contra quienes se oponen a la explotación minera, petrolera, agroindustrial- haciendo uso de la fuerza pública mientras se desatan campañas de intimidación, hostigamiento, persecución judicial a líderes y dirigentes sociales. A esto se suma el bloqueo institucional a la realización de una consulta popular que para proteger el patrimonio biogenético y la vida de los pueblos Tagaeri y Taromenane, impida la explotación petrolera en el Yasuní-ITT, en la Amazonía, una de las zonas de mayor biodiversidad en el planeta.
Mediante la destrucción de pueblos, el arresto ilegal de dirigentes, la militarización y la intimidación, se trata de despejar los territorios donde se encuentran en ejecución proyectos extractivos de gran escala. Tres dirigentes del pueblo aborigen Shuar opuestos a la megaminería chino-canadiense en la Amazonía sur han sido asesinados sin que hasta la fecha se esclarezcan estos hechos que por lo mismo se mantienen en la impunidad.
El paro nacional de agosto 2015, fue respondido con agresiones físicas, represión y detenciones sin “debido proceso” pocas veces vistas en el Ecuador. Hubo una represión focalizada especialmente contra mujeres, utilizando métodos racistas y machistas.
Otro hecho preocupante tiene que ver con la situación de intimidación y amenazas de muerte por la que atraviesa Paulina Muñoz, representante de la coalición que luchó contra el TLC con EEUU y en este tiempo denuncia los previsibles impactos del TLC con la Unión Europea.
Rechazamos el TLC con la UE porque impone normas de propiedad intelectual como el uso de racimos de patentes que son estrategias ADPIC Plus, que ponen en riesgo el acceso a medicamentos sobre todo para enfermedades crónicas como el cáncer y la diabetes.
Es inadmisible que se pretenda imponer el convenio UPOV 91 por el cual se prohibirían prácticas agroecológicas realizadas principalmente por mujeres, como es el guardar y compartir semillas, algo que podría ser penado con prisión. 
Los impactos que ya han sido denunciados por movimientos sociales de Colombia y Perú, y que han provocado paros agrarios, confirman que estos instrumentos de libre comercio no benefician a los pueblos sino que los ponen bajo una amenaza letal.
Les pedimos que consecuentes con su compromiso de apoyar a la construcción de otro mundo posible, junto a nosotras rechacen este Tratado de Libre Comercio y sentemos bases para un diálogo que apueste por nuevas formas de pensar la economía, la sociedad, la integración entre los pueblos, desde abajo y junto con la tierra.
26 de Noviembre, 2015